El Tribunal Electoral Independiente estará integrado por cinco miembros titulares y cinco suplentes de reconocida idoneidad, preferentemente abogados.
MIEMBROS
Carlos María Aquino López
Presidente
Abog. Antonio Aniano Cuevas Salinas Abog. Juan Carlos González Godoy
Vicepresidente Secretario
Abog. Mirtha Dominguez Taborga Arq. Antonio Ocampos Pérez
Miembro Miembro
Elección de miembros del TEI
Los movimientos internos nacionales presentaran en la primera sesión ordinaria del Directorio entrante, una lista de por lo menos veinte candidatos. Si existen cinco nombres que figuren en todas las listas, éstos quedarán designados sin más trámite y se procederá a designar a los suplentes por sorteos, si no existen candidatos consensuados o estos no llegan al número requerido, se los elegirá por sorteo, Las listas de candidatos no contendrán nombres de reconocidos militantes de cualquiera de los movimientos proponentes. El Tribunal Electoral Independiente dictará su reglamento interno y designará su Presidente.
Los miembros del Tribunal Electoral durarán en sus funciones desde su elección y hasta su sustitución por el nuevo Directorio.
Funciones
La aplicación del sistema electoral, la supervisión, el control de los actos eleccionarios, la elaboración de los prepadrones, y de los padrones de afiliados, el conocimiento en todo lo relativo a la regularidad de los actos eleccionarios y asambleas, el escrutinio y juzgamiento de los actos eleccionarios corresponden al Tribunal Electoral Independiente.
Competencias del Tribunal Electoral Independiente
a) Habilitar el padrón de afiliados, previa depuración por vía de tachas y reclamos;Desarrollado por Amedida Informatica